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Verifactu no afecta al diseño de tu web, sino al sistema con el que emites tus facturas. Si tu tienda online genera facturas (con WooCommerce, PrestaShop o cualquier otra plataforma), ese sistema tendrá que cumplir el Reglamento de sistemas informáticos de facturación. Las fechas en vigor son el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto, aunque Hacienda ha anunciado que quiere aplazarlas hasta octubre de 2028.

Alrededor de Verifactu hay mucho ruido. Te explicamos qué es, qué tiene que ver con tu tienda online y qué preguntar a tu proveedor para llegar tranquilo a tu fecha.

1. ¿Qué es Verifactu?

El Real Decreto 1007/2023 aprobó el reglamento que fija los requisitos de los programas con los que se factura, que la Agencia Tributaria llama SIF (sistemas informáticos de facturación). El objetivo es que las facturas no puedan alterarse ni borrarse sin dejar rastro: cada factura genera un registro con una huella encadenada a la anterior y lleva un código QR para que el cliente pueda comprobarla.

Hay dos formas de cumplir:

  • Modalidad VERI*FACTU: el programa envía a la Agencia Tributaria cada registro de facturación en el momento de emitir la factura.
  • Modalidad no VERI*FACTU: el programa conserva los registros firmados electrónicamente, con más controles internos, y los entrega a Hacienda si los solicita.

En los dos casos, el fabricante del programa debe acreditar que cumple mediante una declaración responsable.

2. ¿A quién afecta y desde cuándo?

Según las preguntas frecuentes de la AEAT, afecta a todos los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y a los autónomos con actividad económica que facturen con un programa informático, también cuando emiten facturas simplificadas (tickets). Quedan fuera, entre otros, quienes ya están en el Suministro Inmediato de Información (SII), quienes tributan por la normativa foral del País Vasco (que tiene su propio sistema, TicketBAI) y, con carácter general, de Navarra, y quien factura exclusivamente a mano.

En cuanto a las fechas, conviene separar lo aprobado de lo anunciado:

  • Lo que está en vigor: el Real Decreto-ley 15/2025, ya convalidado por el Congreso, establece que los sistemas deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 en el caso de las sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados.
  • Lo anunciado: el 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda publicó una nota informativa en la que prevé aplazar las obligaciones pendientes hasta octubre de 2028, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos. Para ser efectivo, ese cambio tiene que publicarse en el BOE.

Mientras no se publique, las fechas que valen son las de 2027. Consulta la página de Verifactu de la AEAT o a tu asesor antes de tomar decisiones.

3. Qué tiene que ver con tu tienda online

La AEAT deja claro que da igual que vendas en una tienda física o virtual: si emites una factura con un programa, ese programa es un SIF. La clave es saber dónde nacen tus facturas.

a) Si la tienda genera las facturas

Si WooCommerce, PrestaShop u otra plataforma crea y numera las facturas mediante un módulo o plugin, ese módulo tendrá que adaptarse (registro encadenado, código QR, envío o conservación de los registros) y contar con la declaración responsable de su fabricante. Un plugin que solo genera un PDF con buen aspecto no basta.

b) Si la tienda solo gestiona pedidos

Según la AEAT, un sistema de gestión de pedidos no es un SIF por sí mismo. Si los pedidos pasan a tu programa de facturación o a tu programa de gestión y es ahí donde se emite la factura, la obligación recae en ese programa, no en la web. Para muchas pymes es la opción más ordenada: la tienda vende y un único programa adaptado factura todo, lo de la web y lo del mostrador.

c) Lo que no cambia

El diseño, el catálogo, la pasarela de pago y el proceso de compra no se ven afectados, ni los documentos que no son facturas, como los albaranes.

4. Qué preguntar a tu proveedor

  1. ¿Qué sistema emite mis facturas: la tienda, el programa de gestión o los dos? Si son dos, ¿están conectados y usan series distintas?
  2. ¿Ese sistema tiene ya la declaración responsable de su fabricante? ¿Dónde puedo consultarla?
  3. ¿Trabajará en modalidad VERI*FACTU o no VERI*FACTU, y qué implica cada una en mi caso?
  4. ¿Cómo aparecerá el código QR en la factura que recibe el cliente por correo y en su área privada?
  5. ¿Qué ocurre con las devoluciones y las facturas rectificativas que se generan desde la tienda?
  6. ¿La adaptación tiene coste, cuándo estará lista y podré probarla antes?
  7. ¿El sistema estará preparado también para la factura electrónica entre empresas?

5. Un calendario sensato, sin prisas ni pánico

  • Primero: haz inventario de todos los sitios desde los que emites facturas: tienda online, terminal de punto de venta, programa de gestión, plantillas de hoja de cálculo.
  • Después: elige un único programa adaptado como origen de las facturas y conecta la tienda con él, si aún no lo está.
  • Antes de tu fecha: haz pruebas, revisa cómo se ve el código QR y forma a quien factura.

Aunque el aplazamiento se confirme, Hacienda ha avanzado que los requisitos de integridad, conservación y trazabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes, así que nada de lo que adelantes se pierde. La Ley General Tributaria prevé sanciones por usar sistemas que no cumplan, por lo que lo sensato es resolverlo con calma y con tiempo.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que cambiar mi web por Verifactu?

Solo si tu web emite facturas. En ese caso, el módulo de facturación debe adaptarse o conectarse con un programa que ya cumpla.

¿Las facturas de mi tienda a particulares también cuentan?

Sí. Verifactu se aplica a las facturas completas y simplificadas que emitas con un programa, sea cual sea el cliente. No hay que confundirlo con la factura electrónica obligatoria, que solo afecta a las operaciones entre empresas y profesionales.

Si se aplaza a 2028, ¿puedo olvidarme de momento?

No es buena idea. El aplazamiento está anunciado, pero hasta que se publique en el BOE las fechas vigentes son las de 2027. Además, los requisitos técnicos se mantendrán en lo esencial, así que adaptarte con tiempo solo te ahorra prisas.

Conclusión

Verifactu es, sobre todo, un cambio en el programa de facturación. Si tu tienda online factura, toca revisar ese módulo o conectarla con un programa adaptado; si no factura, basta con asegurarte de que el programa que sí lo hace está al día. Con margen, se resuelve sin sobresaltos.

En GrupoDW desarrollamos webs y tiendas online para empresas y las integramos con tu programa de gestión o de facturación. Si quieres saber cómo está montada la tuya, pídenos una revisión.