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Descubre todos los secretos para tener éxito en Internet

MAR
09
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Resolviendo dudas sobre la venta online de medicamentos sin receta Parte 3

Otros datos de interés.

   Es muy importante que el farmacéutico intervenga en la venta, como indica la normativa, de ninguna manera puede ser realizada por un auxiliar. También será obligatorio que el farmacéutico de asesoramiento profesional y personalizado, de forma que el comprador pueda facilitar cierta información, aunque todavía no está definida de qué manera se va a realizar.

  Tampoco se podrán realizar ningún tipo de regalos con la venta, ni premios, ni concursos o cualquier otra forma de promoción a través de la página web, solo está permitido un descuento del 10% como máximo, como se contempla en la normativa actual.

   En el caso de que la venta online del medicamento sin receta sea a otro país europeo deberá cumplir la normativa de ese país.

  La farmacia deberá guardar durante al menos 2 años desde la dispensación del medicamento, un registro de los pedidos, con la identificación correspondiente del medicamento, la cantidad servida, fecha de envío y datos del comprador.

   Es muy importante la empresa de transporte que se elija, ya que el envío del medicamento debe hacerse de manera que no sufra ningún tipo de alteración, además existirá un contrato que indique que este tipo de envíos es especial de forma que se pueda salvaguardar la responsabilidad de la farmacia.

   En el caso de las devoluciones habrá excepciones. En la farmacia física no está permitido la devolución pero en la venta online será posible siempre y cuando sea porque no corresponde con el pedido realizado, haya sido suministrado por error o dañado durante el transporte. Solo en estos casos será posible la devolución, además deberán ser destruidos de forma que queda totalmente prohibida su vuelta a la venta.

   Otro punto muy importante son los requisitos de seguridad de la página web, ya que dispondrá de datos de salud que son de protección alta de acuerdo a lo que dice la Ley Orgánica de Protección de Datos. Las farmacias online tendrán que adaptarse de acuerdo a lo que propone la LOPD.

   Debido la necesidad de desarrollar una página web diferente a la de parafarmacia, GrupoDw dispondrá de una solución web alternativa a la parafarmacia a muy bajo coste para todos sus clientes. En GrupoDw somos expertos en diseño de páginas web de servicios farmacéuticos, puedes consultarnos en www.grupodw.es

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MAR
04
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Venta online de medicamentos sin receta por internet Parte 2

   Hoy seguimos ampliando información sobre la futura venta online de medicamentos sin receta. La venta online de medicamentos sin receta está avalada por el Real Decreto 870/2013 por el cual permite a las farmacias la creación de una página web para ofrecer a sus clientes la posibilidad de adquirir mediante tienda online sus medicamentos sin prescripción médica. Más información pinchando en este enlace.

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MAR
02
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Resolviendo dudas sobre la venta online de medicamentos sin receta Parte 2

Resolviendo dudas sobre la venta online de medicamentos sin receta Parte 2

Se podrá vender en la misma tienda online de parafarmacia?

   En la web que se destine a la venta online de medicamentos no se podrá vender ni parafarmacia ni cualquier otro producto que no sea OTC, de la misma manera, si ya se dispone de una web de parafarmacia no se podrán añadir los medicamentos sin receta. Aunque no está especificado en la normativa, es la única posibilidad que a día de hoy baraja la Agencia del Medicamento.

¿Cómo reconocer si una farmacia online puede vender legalmente los medicamentos sin receta?

   La Unión Europea ha desarrollado un logotipo común para identificar a aquellas farmacias que pueden vender medicamentos sin receta de forma legal. Esto logotipo deberá tener unos criterios técnicos, electrónicos y criptográficos de forma que se pueda autentificar dicho logotipo. El logotipo tendrá un enlace entre la farmacia y la página web de la AEMPS, que a su vez alojará un listado con las farmacias autorizadas. Todas las farmacias legales europeas tienen que disponer de él, para diferenciarlas se añadirá la bandera correspondiente a cada país.

¿Cómo solicita la farmacia la venta online de medicamentos sin receta?

   La farmacia simplemente tendrá que hacer una comunicación a la Administración competente de su zona geográfica, al menos 15 días antes del inicio de la actividad, con toda la información que se solicita en el Real Decreto 870/2013 con el fin de identificar la farmacia online con la farmacia física. Cabe recalcar que el farmacéutico titular será el responsable de la web sin que existan ni intermediarios ni sociedades limitadas. Los requisitos que se exigirán a la farmacia están aún por determinar.

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FEB
25
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Venta online de medicamentos sin receta por internet Parte 1

   Como ya casi todos sabemos, a partir de mediados de este año ya se podrá vender medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de internet. A lo largo de varios artículos os vamos a detallar en qué situación se encuentra actualmente la normativa.

   Las dos normativas que regulan la venta online de medicamentos sin prescripción médica son:

  • Real Decreto 870/2013, del 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, mediante sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
  • El Reglamento de Ejecución (UE) nº 99/2014, de la Comisión, de 24 de junio de 2014, sobre el diseño del logotipo común, del cual hablaremos más adelante.

   En España la legislación pretende lanzar la farmacia online de forma que prime el farmacéutico como prescriptor, consejero y orientador del usuario o consumidor. Para ampliar esta información pincha en el siguiente enlace.

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FEB
23
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Resolviendo dudas sobre la venta online de medicamentos sin receta

Resolviendo dudas sobre la venta online de medicamentos sin receta

   Como ya casi todos sabemos, a partir de mediados de este año ya se podrá vender medicamentos no sujetos a prescripción médica a través de internet. A lo largo de este artículo os vamos a detallar en qué situación se encuentra actualmente la normativa. Las dos normativas que regulan la venta online de medicamentos sin prescripción médica son:

  • Real Decreto 870/2013, del 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia al público, mediante sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción médica.
  • El Reglamento de Ejecución (UE) nº 99/2014, de la Comisión, de 24 de junio de 2014, sobre el diseño del logotipo común, del cual hablaremos más adelante.

   En España la legislación pretende lanzar la farmacia online de forma que prime el farmacéutico como prescriptor, consejero y orientador del usuario o consumidor.

Pero, ¿qué establecimientos podrán vender online?

   A este respecto la normativa es muy clara y concisa, SÓLO aquellas farmacias que estén abiertas al público y que cumplan una serie de requisitos, aún por determinar. Es decir, aquellos farmacéuticos que no tengan farmacia oficial y física no tendrán ninguna posibilidad de vender online los medicamentos. Tampoco podrán disponer de este servicio aquellas farmacias "legales" que no hayan superado los requisitos previstos en el Real Decreto.

Y, ¿a quién se podrá vender online?

   SÓLO se pondrá vender al paciente, al particular. No se podrá vender bajo ningún concepto a empresas, mayoristas... Lo que se pretende es tener un contacto directo con el paciente para mantener la profesionalidad y confianza farmacéutica.

¿Se podrán vender todo tipo de medicamentos?

   La actual normativa SÓLO da la posibilidad de vender online aquellos medicamentos que no están sujetos a prescripción médica. El listado de medicamentos se publicará en la página web de la AEMPS así como en la página web de la administración pública autonómica sanitaria. Quedan totalmente excluidos aquellos medicamentos que necesiten receta ni tampoco medicamentos de veterinaria.

   Ampliamos la información en siguientes artículos.

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